martes, 3 de febrero de 2015

MI VECINO NO DEJA DORMIR CON SUS FIESTAS, QUE PUEDO HACER?

Muchos de nosotros tenemos más de un vecino que nos hacen la vida imposible y que nos hacen estresarnos más cada vez que llegamos a nuestras casas después de un día largo de trabajo o de estudio.

Este es el caso de Miguel, que con mucha esfuerzo adquirió su departamento para dar mejor comodidad a su esposa y a su pequeño hijo. Sin embargo, desde el día que llego su vecino realiza  fiestas  que terminan alrededor de las 5 a.m. Se encuentra abatido y no sabe qué hacer.

En primer lugar, Miguel debe acudir al presidente de la junta de propietarios ya que él debe tener conocimiento que  todo edificio, se encuentra regulado por la Ley 27157 – Ley del Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad común, creada para regular la mejor convivencia entre personas que viven o realizan labores en edificios, condominios, quintas, galerías comerciales y toda aquella edificación que comparte áreas y servicios comunes.

Que debe hacer el presidente de la junta de propietarios?

El presidente de la junta de propietarios, tiene varias alternativas:

a. Modificar el Reglamento Interno del Edificio.
b. Convocar a Asamblea General de Junta de Propietarios y consignar este hecho como punto de agenda. En asamblea se debatirá este punto y si es aprobado se determinará  la sanción correspondiente al vecino fiestero.
c. En Asamblea General aprobar el Manual de Convivencia, que no solamente contendrá la reglamentación en cuanto al horario, continuidad y días para realizar fiestas; sino también regulará:

1. El mantenimiento y cuidado de las áreas comunes
2. El tratamiento sobre los ruidos y olores molestos.
3. Sobre la seguridad y vigilancia
4. La tenencia de mascotas.
5. Las cuotas de mantenimiento
6. El uso de los estacionamientos.
7. El procedimiento para realizar mudanzas.
8.  La eliminación de la basura y/o otras disposiciones que la asamblea considere importante.

En realidad, este ejemplo es uno de las ciento de consultas que realizan las personas que viven en edificios o condominios,  que indudablemente necesitan de un tercero,  ya sea  persona natural o empresa, que solucione los problemas internos que surgen entre vecinos. Este profesional debe tener sólidos conocimientos en gestión administrativa y financiera, en relaciones interpersonales, en aspectos legales, en  mantenimiento de edificios y por supuesto de temas de índole laboral.

Recuerde que Ud. tiene el derecho de vivir tranquilo y seguro en el lugar que ha elegido.


Dra. Marina Fuentes C.